Marzo 2024
Carlos Mario Barragan
La conciliación extrajudicial es uno de los Mecanismos Alternativos de Resolución de Conflictos (MASC) a los que los Colombianos podemos acudir con el fin de dirimir controversias de índole jurídica sin la necesidad de recurrir a los mecanismos ordinarios de la justicia colombiana, con la aplicación de este mecanismo se busca, por una parte que los ciudadanos puedan finiquitar los conflictos que se presenten de una manera más rápida y expedita buscando siempre la mejor solución para las partes; y por otra parte, descongestionar los estrados judiciales para que estos resuelvan controversias de mayor complejidad.
En materia laboral, los interesados pueden acudir a las inspecciones del Ministerio del Trabajo de su localidad y convocar la respectiva conciliación, teniendo en cuenta que esta dependencia de carácter administrativo solo acuta como un moderador, poniendo a disposición de las partes el espacio y las herramientas necesarias para cumplir con la solemnidad de la misma.
Con el fin de promover la utilización de estos mecanismos se estableció que antes de acudir a la vía judicial, debía agotarse una instancia de Conciliación previa como requisito para poder adelantar cualquier tramite ante la jurisdicción laboral ordinaria, sin embargo, desde el 25 de enero del 2021, fecha en la que entró en vigencia la Ley 2080, dejó de ser obligatorio el agotar este requisito para adelantar el medio de control de nulidad y restablecimiento de asuntos laborales, pensionales, entre otros temas, dejando a discreción del demandante la posibilidad de elegir si recurrir al escenario conciliatorio o en su defecto, acudir directamente a la vía judicial para solucionar los conflictos legales de naturaleza judicial. Cabe resaltar que, según la naturaleza del proceso y si los derechos en disputa son susceptibles de conciliar, el juez puede promover una conciliación entre las partes dentro de la misma audiencia si lo considera viable y si las partes están de acuerdo.
Fuentes:
- https://www.ambitojuridico.com/noticias/laboral/laboral-y-seguridad-social/debe-exigirse-conciliacion-extrajudicial-como-requisito