Reforma Ley 2466 de 2025 - Estudio de Articulado para Abogados
Artículo 1: Objeto de la Reforma

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Trabajadores FS parte 2: ¿Quién Protege Mis Derechos?

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Empleadores FS P2: Documentación para Revisar el Fuero de Salud

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Trabajadores FS parte 1: Documentación Básica para la Defensa de tus Derechos

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Empleadores FS P1: ¿Cómo sé que un trabajador tiene fuero de salud en mi empresa?

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Teletrabajo: Cambios en la Ley Laboral por Reforma al Código Sustantivo del Trabajo

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Contrato de Aprendizaje – Parte XIII – Pago de Aportes al Sistema de Seguridad Social Integral

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Contrato de Aprendizaje – Parte XII – Distribución de Competencias

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Renuncia voluntaria: ¿Siempre extingue el derecho a reclamar?

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Ley 2466 de 2025: Claves para el Cumplimiento Empresarial

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¿CAMBIO EL PROCESO DISCIPLINARIO LABORAL?

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Revista Digital Especializada “Vinnurétti Al Día” en la cual se presenta editoriales, noticias y artículos que le permiten estar a la vanguardia de los conocimientos. El contenido de este boletín Vinnurétti Al Día tendrá como óptica los temas que impactan directamente a las empresas.

Últimos Artículos

Iniciamos con el estudio de cada uno de los artículos de la Ley 2466 de 2025. Estos escritos son estudios para abogados y personas que litigan, esperamos exista ánimo de comentarlos y, sobre todo, generar debates académicos que enriquezcan el conocimiento sobre la norma. Comencemos:

El trabajador no está desprotegido. Por el contrario, encuentra múltiples espacios donde puede asistir, y esperamos sea con un abogado especialista en derecho laboral, para que pueda hacer que respeten sus derechos cuando se encuentra con fuero de estabilidad laboral reforzada. Veamos las opciones disponibles:

Para que un empleador pueda realizar verdadero control y fiscalización de los trabajadores en relación con el fuero de salud, y poder realizar acciones efectivas para apoyar a sus trabajadores ante las entidades del sistema de protección social, debe realizar un análisis a la siguiente documentación:

Este es un tema que debemos validar con mucho cuidado, y lo dividiremos en diferentes escritos de carácter educativo. Es supremamente valioso tener presente que en este primer documento abordaremos una propuesta de procedimiento para que un trabajador que esté presentando una enfermedad o tenga una lesión por un accidente pueda tener la protección constitucional y legal del fuero de salud, pero además cuente con la opción de poder tener una resolución pronta frente a su derecho de obtener una pensión de invalidez y el tratamiento adecuado; aparte de garantizarse las prestaciones económicas que debe entregar el sistema a cada persona que se encuentre en esta situación.

Para saber si un trabajador tiene fuero de salud en tu empresa, debes analizar si cumple con los criterios jurisprudenciales y legales vigentes en Colombia, dando prioridad a los pronunciamientos jurisprudenciales por tener principios de obligatorio cumplimiento. Los elementos clave, según la Corte Suprema de Justicia y la Corte Constitucional, son...

Realizando un análisis sistemático de la norma nos encuadramos en el capítulo VI de la Ley 2466 de 2025 artículos 50 al 58, teniendo como principal enfoque para este documento educativo lo establecido en el artículo 52 de la norma citada específicamente lo señalado en el artículo 2 de la Ley 1221 de 2008 que contiene las definiciones, veamos...

El empleador, como patrocinador del contrato de aprendizaje, tiene la obligación legal de cotizar al Sistema de Seguridad Social Integral mediante la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA), un formato digital administrado por operadores certificados. Estos aportes cubren salud, pensiones, riesgos laborales y parafiscales (SENA, ICBF y Servicio Público de Empleo)...

Estos contratos de trabajo especiales a término fijo presentarán varias instancias de inspección, vigilancia y control, fundadas en normas como el Código Sustantivo del Trabajo (Ley 141 de 1961), el Código de Procedimiento Laboral (Decreto 2093 de 1967), el Estatuto Tributario (Decreto 624 de 1989), y la Ley 1151 de 2007 sobre la participación del SENA, entre otras disposiciones...

En el ámbito del derecho laboral colombiano, la figura de la renuncia voluntaria ha sido concebida como una manifestación autónoma del trabajador para poner fin a la relación laboral que lo vincula con su empleador. Este acto, aunque en apariencia sencillo, plantea múltiples interrogantes jurídicos en torno a sus efectos reales sobre los derechos laborales adquiridos y la posibilidad de su reclamación posterior ante la jurisdicción ordinaria.

Con la entrada en vigor de la Ley 2466 de 2025, Colombia inicia una nueva etapa en la regulación del trabajo subordinado, que exige a los empleadores una revisión profunda de sus esquemas contractuales, turnos laborales y estructuras de remuneración. Este artículo analiza los principales cambios introducidos por la reforma, con especial atención a los contratos por obra o labor, la jornada laboral y los pagos no salariales, a la luz de los retos que enfrentan sectores como el portuario y logístico.

¿CAMBIO EL PROCESO DISCIPLINARIO LABORAL?

Con la promulgación de la reforma laboral expedida el 25 de junio de 2025, se implementaron algunos cambios a tener en cuenta y uno de ellos es lo respectivo al debido proceso y a la facultad sancionadora del empleador, pero ¿exactamente que cambio?, bueno sustancialmente el cambio no resulta muy abrupto, teniendo presente que el proceso disciplinario laboral, ya había sido regulado jurisprudencialmente por la Corte Constitucional a través de la sentencia C- 593 de 2014.

En este acápite vamos a generar un análisis de tres temas puntuales, siendo el primero la cuota de discapacidad, segundo el comité paritario de seguridad y salud en el trabajo, y el tercero es Comité de Convivencia Laboral, esto enfocado a la participación de los aprendices con contrato laboral a término fijo, veamos

Este punto analiza la responsabilidad del Estado frente a los trabajadores oficiales y si un aprendiz puede ostentar la calidad de Trabajador Oficial. Según la Circular 0083 de 2025 del Ministerio del Trabajo, la Ley 2466 de 2025 creó una nueva categoría de contrato laboral, especial y a término fijo, pero es enfática en sostener que “no genera ni brinda acceso a la categoría de trabajador oficial”. Esto se debe a que el trabajador oficial cuenta con un régimen normativo especial vinculado a la Función Pública.

En Colombia, el contrato de aprendizaje debe ser reportado obligatoriamente al SENA, a través del Sistema de Gestión Virtual de Aprendices (SGVA). Este sistema es la única plataforma oficial y habilitada por el Gobierno para el registro, control y trazabilidad de los contratos de aprendizaje, ya sean obligatorios o voluntarios.

Debemos indicar que los aprendices en el contrato de aprendizaje establecido en la Ley 2466 de 2025, artículo 81, sí pueden ejercer el derecho de asociación sindical. Al respecto, consideramos importante traer a colación la posición del Ministerio del Trabajo en la Circular 0083 de 18 de julio de 2025, que realiza un análisis sustancial con fundamento en las siguientes normas:

Los adolescentes sí están autorizados para la realización de las prácticas en los contratos de aprendizaje, para esto debemos armonizar el contenido del artículo 81 del Código Sustantivo del Trabajo, y los artículos 15 y 16 de la Ley 1780 de 2016, veamos lo que dicen:

El régimen disciplinario depende directamente de uno de los elementos del contrato laboral, este elemento es la SUBORDINACIÓN, no podemos olvidar que el contrato de aprendizaje gracias a la ley 2466 de 2025 el contrato de aprendizaje es un contrato laboral a termino fijo, y por lo tanto aplican para el agotamiento del régimen disciplinario los principios de debido proceso, igualdad, contradicción, dignidad humana, honor, y derechos mínimos del trabajador con el contrato de aprendizaje, todo lo anterior respetando el bloque de constitucionalidad, es decir, en concordancia con los tratados y convenios internacionales sobre derechos humanos relativos a la materia ratificados por Colombia que sean de carácter vinculante.

Precisión del Artículo 81

  • a) Se puede celebrar por cualquier tiempo determinado no superior a tres (3) años.
  • b) La finalidad es facilitar la formación teórico-práctica del aprendiz.
  • c) Comprende dos fases: lectiva y práctica; en formación dual generan alternancia y para estudiantes universitarios solo aplica la fase práctica.

Generando una continuidad en el análisis del contrato de aprendizaje teniendo como punto de referencia la Ley 2466 de 2025 y la Circular 0083 de 2025 del Ministerio del Trabajo, primeramente, debemos tener claro que un contrato de aprendizaje es un contrato de trabajo especial y a término fijo, encontrándose reglamentado por el Código Sustantivo del Trabajo.

Tener presente para este documento que el contrato de aprendizaje es un contrato laboral especial a término fijo, pero en ningún momento se elimina el carácter formativo por el legislador, es decir, los empleadores no pueden generar un trato de subordinación igual al trabajador que no es aprendiz.

Siguiendo con el estudio de los contratos de aprendizaje, tenemos que debemos estudiar el numeral 4 de la circular externa 0083 de 18 de julio de 2025 emitida por el Ministerio del Trabajo, resaltamos como dato importante que los contratos de aprendizaje se convirtieron en un contrato de trabajo especial y a término fijo, encontrándose regulado por el Código Sustantivo del Trabajo en relación con los pagos según su tipo de formación...

Procedemos a realizar un análisis a la sentencia 2019-00184 -01 emitida el 24 de julio de 2025 por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca – Sección Cuarta – Subsección A, Magistrada Ponente AMPARO NAVARRO LOPEZ , una providencia que se destaca por su contenido normativo y una análisis sobre la prueba que modifica la forma como la UGPP se encuentra fiscalizando a los independientes rentitas de capital, especialmente en relación con el Ingreso Efectivamente Percibido, en adelante IEP, los costos y los gastos en relación con el Ingreso Total, para establecer el Ingreso Base de Cotización, por lo tanto, realizamos en este documento dos líneas de investigación extraídas de la sentencia señalada, el primero la normativa que regula a los independientes en relación con el IBC, y la segunda el análisis probatorio en el caso estudiado por el Juez colegiado...

La Ley 2466 de 2025, que entró en vigor el 25 de junio de 2025, introduce importantes modificaciones al contrato de aprendizaje. En este artículo, analizamos el artículo 21 de la reforma, que modifica el artículo 81 del Código Sustantivo del Trabajo, desde la perspectiva de la Circular 0083 de 2025. Nos enfocaremos específicamente en la vigencia de la norma y su efecto en los contratos vigentes y futuros...

El artículo 6 de la ley 2466 de 2025 establece una perspectiva diferente del uso de los contratos a termino fijo, nos enfocaremos en el aspecto especifico de las prorrogas de los contratos antes de la norma y los contratos que se firmen después, veamos la norma en los puntos especificos...

Según la Ley 2466 de 2025, que transforma los contratos de aprendizaje del SENA en contratos laborales especiales a término fijo, los aprendices tienen derecho a "todas las prestaciones sociales", incluyendo la prima de servicios. Esta ley fue sancionada el 25 de junio de 2025, y dado que no se especifica un periodo de transición, las obligaciones laborales aplican inmediatamente desde esa fecha para los contratos de aprendizaje vigentes y nuevos.

La reforma laboral recientemente aprobada por la Cámara de Representantes y próxima a recibir sanción presidencial constituye un hito en la evolución normativa del derecho laboral colombiano. Esta iniciativa legislativa no solo reforma sustancialmente el Código Sustantivo del Trabajo, sino que introduce una transformación estructural en las relaciones laborales, al redefinir principios, garantías, modalidades contractuales y derechos prestacionales, con énfasis en la dignificación del trabajo y el cierre de brechas de informalidad.

Desde la promulgación de la Ley 2306 de 2023, que amplía el periodo de lactancia a 2 años, ha surgido la duda sobre si durante este nuevo período aplica la presunción de despido discriminatorio y la estabilidad laboral establecida en el artículo 239 del Código Sustantivo del Trabajo (CST). Para resolver esta cuestión, en 2023 se elevó una solicitud ante el Ministerio de Trabajo, quien manifestó...

El Ministerio del Trabajo expidió el 29 de abril de 2025 la Resolución 1843 de 2025. La vigencia de esta resolución está establecida en su artículo 36, a partir de la fecha de publicación, siendo esta el 6 de mayo de 2025. Esta resolución deroga específicamente

El presente artículo analiza las implicaciones jurídicas del despido de un trabajador que presenta documentos falsos o inexactos con el fin de retirar sus cesantías. A partir del marco normativo que regula esta prestación social y las causales que permiten su retiro, así como de las disposiciones del régimen disciplinario laboral que facultan al empleador para dar por terminado el contrato de manera unilateral por incumplimiento grave, se examina la legalidad de dicha medida disciplinaria. En particular, se aborda cómo la falsificación de documentos afecta el principio de buena fe que rige las relaciones laborales, constituyendo una causa objetiva de despido justificado, respaldada tanto por la normativa vigente como por la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia.

Este artículo analiza el impacto del salario emocional y los beneficios extralegales en la relación laboral en Colombia. Se examinan los conceptos, su implementación en el contexto colombiano y su influencia en la satisfacción y retención de los empleados.

A IGUAL TRABAJADO IGUAL SALARIO

El principio de "a igual trabajo, igual salario" es una norma fundamental del derecho laboral individual en Colombia. Según la Corte Suprema de Justicia Sala Laboral (SL687-2025), las diferencias salariales entre trabajadores que realizan las mismas funciones solo pueden justificarse cuando obedecen a criterios objetivos. Pero, ¿qué implica este principio y qué se entiende por "criterio objetivo"?

LA FUERZA LABORAL DIGITAL -FLD-

Esta será la última generación en la historia de la humanidad que tenga la posibilidad de generar empleo exclusivamente con seres humanos, empezaremos a ver una fuerza laboral digital, proveniente del fenómeno mundial de la Inteligencia Artificial, está representada en software e incluso robots que permitan generar productos y prestar servicios.

El pasado 6 de marzo de 2025, la Cámara de Representantes aprobó en segundo debate la reforma a la salud en Colombia, marcando un hito en el sistema sanitario del país. Sin embargo, para convertirse en una realidad, la reforma deberá ser discutida en el Senado, donde en 2024 se hundió en su primer intento de aprobación. Esta reforma, que busca transformar la estructura de prestación de servicios eliminando la intermediación financiera de las EPS y creando los Centros de Atención Primaria en Salud (CAPS), tendrá implicaciones directas en el empleo y las condiciones laborales del sector salud y otros sectores vinculados. Como abogado laboralista, es fundamental analizar cómo estas modificaciones impactarán la estabilidad y derechos de los trabajadores en Colombia...

¿PENSIÓN DE SOBREVIVIENTE DESPUÉS DEL DIVORCIO?

De acuerdo al Consejo de Estado la Ley 100 de 1993 regula en sus artículos 46 y 47 la pensión de sobrevivientes y la sustitución pensional, con el objeto garantizar la seguridad económica de los familiares del causante que encontrándose pensionado o afiliado al sistema y sin haber logrado el estatus pensional falleció. Se trata de una prestación dirigida a suplir la ausencia repentina del apoyo económico que brindaba el afiliado al grupo familiar y, por ende, evitar que su deceso se traduzca en un cambio sustancial de las condiciones mínimas de subsistencia de las personas beneficiarias de dicha prestación (2014-00041).

SOBRE LA RESOLUCIÓN UGPP NO. 1363 DE 2024

La Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social, en adelante UGPP, hacia el día 31 de diciembre de 2024 expidió la resolución número 1363 mediante la cual se subrogó la resolución número 1357 de 2019. Recordemos que la UGPP en virtud de los artículos 178 a 180 de la Ley 1607 de 2012, tiene la potestad de adelantar procesos de determinación (fiscalización) y de naturaleza sancionatoria, a través de los cuales, se definen algunos tipos de incumplimiento por omisión, inexactitud o mora en el pago de las contribuciones parafiscales al Sistema de la Protección Social, e igualmente, conforme la conducta fiscalizada se imponen sanciones...

Las cesantías son una prestación social contemplada en la legislación laboral colombiana, diseñada para proteger a los trabajadores en situaciones de desempleo y fomentar el ahorro. Este artículo explica de manera clara y didáctica qué son las cesantías, quién las paga, cómo se deben pagar, y aspectos clave relacionados con su manejo y utilidad...

Las cesantías son una prestación social contemplada en la legislación laboral colombiana, diseñada para proteger a los trabajadores en situaciones de desempleo y fomentar el ahorro. Este artículo explica de manera clara y didáctica qué son las cesantías, quién las paga, cómo se deben pagar, y aspectos clave relacionados con su manejo y utilidad...

La reciente aprobación de la Ley 2381 de 2024 y su reglamentación mediante el Decreto 1225 de 2024 han generado preocupación entre los cotizantes al sistema pensional en Colombia. Tanto quienes están en Colpensiones como quienes aportan a fondos privados deben conocer cómo estos cambios afectarán sus ahorros, su proyección de pensión y las decisiones que deberán tomar antes del 16 de enero de 2025...

El objetivo de este artículo consiste en ayudar a los empresarios en tener una guía completa de los costos reales del salario mínimo mensual legal vigente para el año 2025, no se plantea ninguna reflexión frente a indicar si el mismo fue adecuado o no, solo queremos recordar a los trabajadores que lo realmente importante frente al salario es su poder adquisitivo, y para esto es mejor tener presente que nuestro (smmlv) es uno de los más bajos de la región...

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