Marzo 2024
Angie Lizeth Tamara
Violencia basada en género contra las mujeres y personas de los sectores sociales LGBTIQ+ en el ámbito laboral / Circular 26 de 2023
El Ministerio del Trabajo, a través de la Circular 26 de 2023, hace un llamado de urgencia, a todas las empresas para avanzar en la prevención y atención de las violencias y discriminaciones, así como que se garantice la protección de los derechos todos los trabajadores, especialmente en las situaciones que se puedan presentar en materia de acoso laboral, acoso sexual laboral, violencias basadas en género y discriminación contra las mujeres y personas de los sectores sociales LGBTIQ+ en el mundo del trabajo.
Por lo anterior todas las empresas deberán en primera instancia cumplir con la normatividad, guías y lineamientos relacionados con la prevención e intervención del acoso laboral e implementar medidas preventivas frente a las situaciones antes mencionadas:
- Crear una política que promueva la igualdad de oportunidades y de trato en materia de empleo y ocupación.
- Instaurar medidas preventivas y correctivas que estén encaminadas a la eliminación de la discriminación y violencia contra las mujeres en el mundo del trabajo.
- Adoptar procedimientos adecuados y efectivos para tramitar quejas de acoso sexual y de otras formas de violencia contra la mujer incluyendo mujeres trans en ambientes laborales.
- Los reglamentos internos de trabajo deberán contener mecanismos de prevención de las conductas de acoso laboral.
- Terminar con la violencia y el acoso en los lugares de trabajo, por lo que las empresas deben garantizar la igualdad de oportunidades y de trato en el empleo
- Establecer y reforzar la conformación y el funcionamiento del Comité de Convivencia Laboral entre otros, incorporando la transversalización del enfoque, diferencial interseccional y de género.
- Ampliar esfuerzos y asignar recursos por medio de campañas de sensibilización, acciones preventivas.
- Cumplir con la normatividad, guías y lineamientos relacionados con la prevención e intervención del acoso laboral.
- Promover un excelente ambiente de convivencia laboral, fomentar relaciones sociales positivas entre las y los trabajadores de empresas e instituciones públicas y privadas y respaldar la dignidad e integridad de las personas en el trabajo.
- Elaborar códigos o manuales de convivencia, en los que se identifiquen los tipos de comportamiento no aceptables en la empresa.
Teniendo en cuenta lo anterior, es deber de las Administradoras de Riesgos Laborales, desarrollar entre otras, las siguientes actividades:
1. Brindar asesoría y asistencia técnica a las instituciones y empresas para la conformación y funcionamiento del Comité de Convivencia Laboral.
2. Capacitar a los integrantes del Comité de Convivencia de sus empresas afiliadas para el desarrollo y fortalecimiento de las competencias comportamentales y actitudinales, tales como respeto, imparcialidad, tolerancia, serenidad, confidencialidad, reserva en el manejo de información y ética; así mismo habilidades de comunicación asertiva, liderazgo y resolución de conflictos.
3. Con base en la información disponible en las entidades públicas o empresas privadas y teniendo en cuenta los criterios para la intervención de factores de riesgo psicosociales, las Administradoras de Riesgos Laborales llevarán a cabo asesoría y asistencia para el desarrollo de las medidas preventivas y correctivas del acoso laboral.
4. Desarrollar acciones de promoción de la convivencia laboral, relaciones armónicas, bienestar y salud mental de las y los trabajadores y prevención del acoso laboral en sus empresas afiliadas.
5. Brindar a las instituciones y empresas y/o entidades afiliadas herramientas para la implementación de actividades correctivas del acoso laboral, con el propósito de intervenir tempranamente y disminuir los efectos adversos.
6. Disponer un espacio de comunicación y de escucha para contribuir a la salud mental y bienestar de las y los trabajadores que hayan presentado queja de acoso laboral.
7. Orientación y apoyo emocional en situaciones de crisis a las y los trabajadores que hayan presentado queja de acoso laboral.
Circular 026 de 2023 Ministerio del Trabajo https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=139141 08/03/2023