Julio 2025
Andrés Torres Aragón
CONTRATO A TÉRMINO FIJO EN COLOMBIA: IMPLEMENTACIÓN DE LA NORMA EN RELACIÓN CON LOS CONTRATOS EXISTENTES
Introducción
El artículo 6 de la Ley 2466 de 2025 establece una perspectiva diferente sobre el uso de los contratos a término fijo. Nos enfocaremos en el aspecto específico de las prorrogas de los contratos vigentes antes de la norma y los contratos que se firmen después de su entrada en vigencia.
Detalles sobre los Contratos a Término Fijo
Según la nueva normativa, los contratos a término fijo tienen las siguientes características:
- Duración máxima: Podrán celebrarse por un término no mayor a cuatro (4) años.
- Formalidad escrita: Deben celebrarse siempre por escrito. Si no cumplen con esta formalidad, se entenderá que el contrato es a término indefinido desde el inicio de la relación laboral.
- Tipos de prórrogas:
- Prórroga pactada: Para contratos inferiores a un año, las partes pueden prorrogar varias veces. Sin embargo, después de la cuarta prórroga, el contrato deberá renovarse por un período mínimo de un (1) año. En ningún caso podrá superarse el límite máximo de cuatro (4) años.
- Prórroga automática: Si ninguna de las partes manifiesta su intención de terminar el contrato dentro de los 30 días previos al vencimiento, este se renovará automáticamente por un término igual al inicialmente pactado o al de su prórroga. La cuarta prórroga automática para contratos inferiores a un año será por un período de un (1) año.
- Prestaciones sociales: En contratos a término fijo y de obra o labor determinada, los trabajadores tendrán derecho al pago de vacaciones y prestaciones sociales en proporción al tiempo laborado.
Situación de los Contratos Firmados Antes de la Modificación
Es importante destacar lo siguiente:
- No procede sumar los tiempos de los contratos firmados antes de la entrada en vigencia de la norma (25 de julio de 2025).
- Las prorrogas realizadas antes del 25 de julio de 2025 no cuentan para el límite de 4 años.
- Las empresas deben controlar las prorrogas de los contratos a término fijo para evitar que superen el límite máximo de 4 años. Superar este límite implica que el contrato se transforma en uno a término indefinido.
- Además, deben tener presente que la "cuarta prórroga automática" de contratos inferiores a un año debe ser por un período de un (1) año.
Resumen Operativo para las Empresas
Para garantizar el cumplimiento de la nueva normativa, las empresas deben seguir estas recomendaciones:
- Llevar un registro claro de cada contrato a término fijo con fechas y modalidad de prórrogas.
- Advertir a las áreas de talento humano que el tope de los 4 años para cada vínculo laboral a término fijo corre desde el 25 de junio de 2025, sin importar lo pactado antes.
- Renovar contratos por escrito, cumpliendo los requisitos de fondo y forma, para evitar presunciones de contratos indefinidos.
- Supervisar que la “cuarta prórroga automática” de contratos de menos de un año siempre sea por un (1) año.
- Revisar políticas y procesos internos para asegurar el cumplimiento de la reforma laboral y evitar sanciones.
Contacto y Asesoría
Si necesitas orientación sobre cómo implementar esta obligación en tu empresa o más detalles sobre otros aspectos de la Ley 2466 de 2025, por favor contáctanos a los correos: