Reforma Ley 2466 de 2025 - Estudio de Articulado para Abogados
Artículo 1: Objeto de la Reforma

 

Introducción

Iniciamos con el estudio de cada uno de los artículos de la Ley 2466 de 2025. Estos escritos son estudios para abogados y personas que litigan, esperamos exista ánimo de comentarlos y, sobre todo, generar debates académicos que enriquezcan el conocimiento sobre la norma. Comencemos:

 

ARTÍCULO 1: Objeto de la Reforma

"La presente Ley tiene por objeto adoptar una reforma laboral mediante la modificación del Código Sustantivo del Trabajo, la Ley 50 de 1990, Ley 789 de 2002 y otras normas laborales, además se dictan disposiciones para el trabajo digno y decente en Colombia, buscando el respeto a la remuneración justa, bienestar integral, la promoción del diálogo social, las garantías para el acceso a la seguridad social y sostenibilidad de los empleos desde el respeto pleno a los derechos de los trabajadores así como el favorecimiento a la creación de empleo formal en Colombia."

 

Análisis de Conceptos Clave

1. El respeto a la remuneración justa

Es un principio fundamental en el derecho laboral que garantiza al trabajador una remuneración adecuada, proporcional al trabajo realizado y que le permita una vida digna, en concordancia con derechos constitucionales como la dignidad humana y el trabajo digno. El respeto de la remuneración justa protege contra salarios abusivamente bajos o incumplimientos salariales por parte del empleador.

Jurisprudencia relevante:

  • Sentencia C-614 de 1997 (Corte Constitucional)
  • Sentencia T-827 de 2019 (Corte Constitucional)
  • Sentencia SU-217 de 2023 (Corte Constitucional)

 

2. Bienestar integral de los trabajadores

Se reconoce como un derecho constitucional y legal en Colombia, orientado a garantizar un ambiente laboral saludable, seguro y con condiciones que permitan el desarrollo pleno del ser humano en el trabajo. Este concepto incluye como mínimo:

  • Salud física y mental: Condiciones seguras en el entorno laboral, acceso a servicios de salud y prevención de riesgos laborales.
  • Condiciones laborales dignas: Salario justo, jornada razonable, descanso, vacaciones y protección social.
  • Bienestar social y emocional: Ambiente laboral armonioso, respeto a los derechos, participación y reconocimiento.
  • Desarrollo personal y profesional: Oportunidades de capacitación, crecimiento y equilibrio vida-trabajo.
  • Acceso a la seguridad social: Pensiones, salud, riesgos laborales y otras prestaciones.

Marco legal y jurisprudencial:

  • Constitución Política de 1991, artículo 53: Reconoce que la remuneración y otros aspectos del trabajo deben promover el bienestar del trabajador y su familia.
  • Ley 1562 de 2012 y Resolución 1843 de 2025 del Ministerio del Trabajo: Refuerzan la importancia de adoptar medidas que aseguren un bienestar integral.
  • Sentencia T-320/24 (Corte Constitucional): Establece que el bienestar integral implica derechos a condiciones laborales que respeten la dignidad, salud y desarrollo del trabajador.

 

3. Fomento del diálogo social

Es un proceso participativo que implica la interacción constante y constructiva entre las partes involucradas en las relaciones laborales para la solución de conflictos, negociación colectiva y toma de decisiones en materia laboral y de bienestar en el trabajo.

Marco constitucional y legal:

  • Constitución Política de Colombia, artículo 53: Garantiza el derecho a la negociación colectiva y la participación de los trabajadores.
  • Ley 50 de 1990, artículo 3º: Reconoce el diálogo social como herramienta para promover y proteger derechos laborales.
  • Convenios 98 y 154 de la OIT: Ratificados por Colombia, promueven el diálogo social formal y la solución pacífica de conflictos.

Desarrollo jurisprudencial:

  • Sentencia C-614 de 1997: Resalta que el diálogo social es indispensable para la democracia laboral y la protección de derechos colectivos.
  • Sentencia T-320 de 2024: Subraya el derecho a participar en diálogo social como aspecto intrínseco del derecho al trabajo digno.

Importancia práctica:

  • Favorece acuerdos colectivos, convenios y pactos que mejoran las condiciones laborales.
  • Promueve la participación del trabajador en decisiones que afectan su entorno laboral.
  • Reduce litigios y huelgas mediante la concertación previa.
  • Es clave para la implementación de políticas laborales coherentes y justas.

 

4. Garantías para el acceso a la seguridad social

Son principios y mecanismos que aseguran que todos los trabajadores, especialmente los formales, tengan derecho efectivo a acceder a los sistemas de salud, pensiones, riesgos laborales, y prestaciones sociales, sin discriminación ni barreras injustificadas. Esto también implica el pago oportuno, completo y correcto de aportes al sistema de protección social.

Marco legal:

  • Constitución Política de Colombia, artículos 48 y 49: Establecen la seguridad social como derecho y obligación.
  • Ley 100 de 1993: Crea el Sistema General de Seguridad Social Integral.
  • Ley 1755 de 2015: Regula procesos de fiscalización adelantados por la UGPP.

Jurisprudencia relevante:

  • Sentencia T-760 de 2008: Reconoce la seguridad social como derecho fundamental.
  • Sentencia T-992 de 2014: Sostiene que los trabajadores deben tener acceso efectivo a seguridad social.
  • Sentencias T-320 de 2024 / T-311 de 2025: Enfatizan la importancia de eliminar barreras para el acceso.

 

5. Sostenibilidad y formalización del empleo

Es un enfoque integral que busca garantizar la creación y mantenimiento de empleos formales, dignos, estables, con acceso a seguridad social y condiciones laborales justas, contribuyendo así al desarrollo económico y social sostenible.

Elementos clave:

  • La formalización implica asegurar contratación escrita, afiliación a seguridad social, pago puntual de salarios y prestaciones.
  • La sostenibilidad requiere políticas públicas, incentivos para empleadores, vigilancia del cumplimiento y apoyo a trabajadores.
  • El diálogo social y la negociación colectiva son herramientas clave para consolidar un mercado laboral formal.
  • La protección legal se acompaña de programas estatales para reducir la informalidad.

Marco legal y jurisprudencial:

  • Constitución Política de Colombia, artículos 25 y 53: Derecho al trabajo digno.
  • Ley 789 de 2002: Promueve políticas activas para el empleo formal.
  • Sentencia T-320 de 2024: Reconoce la necesidad de un empleo formal que garantice estabilidad y protección social.
  • Sentencia SU-217 de 2023: Resalta la obligación estatal de promover entornos laborales formales.

 

6. Respeto pleno a los derechos de los trabajadores

Es un principio fundamental que implica la garantía integral y efectiva de todos los derechos laborales y humanos de los trabajadores, sin discriminación, arbitrariedad o violación, protegiendo su dignidad, seguridad, estabilidad y desarrollo.

Marco legal y jurisprudencial:

  • Constitución Política de Colombia, artículo 53: Establece el derecho al trabajo en condiciones dignas y justas.
  • Código Sustantivo del Trabajo: Regula derechos como salario, jornada laboral, descansos, protección en caso de enfermedad.
  • Convenios de la OIT: Refuerzan esta obligación internacionalmente.
  • Sentencia T-320 de 2024: Reafirma la importancia del respeto integral a los derechos laborales.
  • Sentencia C-614 de 1997: Reconoce que el respeto a los derechos laborales es un mandato constitucional.
  • Sentencias SU-217 de 2023 y T-311 de 2025: Insisten en que la vulneración de derechos laborales configura violación de derechos humanos.

 

7. Favorecimiento a la creación de empleo formal en Colombia

Este es uno de los puntos más controversiales porque se genera una tensión entre los costos de la contratación y la productividad del país, es decir, la carga parafiscal y laboral reflejada contra los ingresos por producción de las empresas.

Cifras actuales del DANE 2025:

  • La tasa de empleo informal en Colombia se ubicó en un 55.2% del total nacional para el trimestre móvil de junio a agosto de 2025.
  • En enero-marzo de 2025, el empleo informal fue del 59.3% entre hombres y 54.2% entre mujeres.
  • Se estima que más de 13 millones de personas laboran en la informalidad, es decir, alrededor del 56.8% de los trabajadores activos.
  • La informalidad es más alta en zonas rurales: ~84%, y menor en áreas urbanas: ~42%.
  • El trabajo por cuenta propia representa el 75% del empleo informal.
  • Aunque se ha registrado un leve descenso sostenido en 2025, la informalidad sigue siendo uno de los grandes retos del mercado laboral colombiano.

Definición normativa:

Es una política pública y un principio jurídico orientado a promover el acceso de los trabajadores a empleos con contratos formales que garanticen condiciones dignas, remuneración justa, estabilidad y acceso a la seguridad social.

Marco legal y jurisprudencia:

  • Constitución Política de Colombia, artículos 25 y 53: Derecho al trabajo digno.
  • Ley 789 de 2002: Define instrumentos para la promoción del empleo formal.
  • Sentencia T-320 de 2024: Reconoce el deber estatal de implementar políticas efectivas para promover empleos formales dignos.
  • Sentencia SU-217 de 2023: Subraya la importancia del empleo formal para la justicia social y el desarrollo económico.

 

Conclusión

El artículo 1 de la Ley 2466 de 2025 pretende instaurar un sistema laboral que proteja plenamente los derechos de los trabajadores en un contexto de empleo digno, estable y formal, mediante ajustes legales que adecuen la regulación a la realidad socioeconómica actual. Así, se busca equilibrar las relaciones laborales con un enfoque integral que incluye respeto salarial, bienestar integral, diálogo social efectivo y garantía de acceso a la seguridad social.

 

Reflexión Final

"DONDE HAY POCA JUSTICIA ES UN PELIGRO TENER LA RAZÓN"
- Francisco de Quevedo

 

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