Contrato de Aprendizaje – Parte IV: Naturaleza Jurídica y Pagos

Imagen introductoria Parte IV


Generando una continuidad en el análisis del contrato de aprendizaje teniendo como punto de referencia la Ley 2466 de 2025 y la Circular 0083 de 2025 del Ministerio del Trabajo, primeramente, debemos tener claro que un contrato de aprendizaje es un contrato de trabajo especial y a término fijo, encontrándose reglamentado por el Código Sustantivo del Trabajo.

De manera precisa traemos la distinción de pago partiendo de los tres factores propuestos en la norma y resaltados en la Circular 0083 de 2025, siendo estos: tipo de formación, etapa del contrato y nivel de cualificación del estudiante, traemos el esquema propuesto en el cuadro 1 de la Circular 0083 de 2025, veamos:


Modalidad Etapa Apoyo de sostenimiento Seguridad social Derechos laborales
Formación dual Primer año 75% del SMLMV Afiliación completa Aplica totalidad de derechos prestacionales
Formación dual Segundo año 100% del SMLMV Afiliación completa Aplica totalidad de derechos prestacionales
Formación tradicional Etapa lectiva 50% del SMLMV Afiliación completa Derecho a pago de sostenimiento y cobertura parcial
Formación tradicional Etapa práctica 100% del SMLMV Afiliación completa Derecho a prestaciones y auxilios
Estudiantes universitarios Cualquier etapa 100% del SMLMV Afiliación completa Plena aplicación de derechos laborales


Debemos resaltar que el texto del artículo 81 del Código Sustantivo del Trabajo y de la Seguridad Social indica que en la etapa práctica o durante toda la formación dual, el aprendiz tiene derecho al pago de todas las prestaciones, auxilios y demás derechos propios del contrato laboral, que se rige por las normas del Código Laboral. Veamos los conceptos de nómina que se deben tener presente en este tipo de contrato:

  • Apoyo de sostenimiento. Adquiere categoría de salario, le aplican todas las normas del Código Sustantivo del Trabajo, especialmente aplicando el artículo 81. Debe tenerse máximo cuidado con el artículo 114-1 del Estatuto Tributario.
  • Trabajo suplementario. Conceptos de horas extras, trabajo nocturno y trabajo en días de descanso obligatorio. Aplica para los contratos de aprendizaje en etapa práctica.
  • Dotación. Es un costo adicional que se debe tener presente a los niveles de la práctica del contrato de aprendizaje.
  • Auxilio de Transporte (puede aplicar auxilio de conectividad).
  • Prima de servicios (tener presente que está rigiendo desde el 25 de junio de 2025).
  • Cesantías
  • Interés de cesantías
  • Vacaciones
  • Subsidio familiar. Este punto resaltamos la sentencia C-1173/01 de la Corte Constitucional. Este concepto de nómina nos abre el camino para los pagos al sistema de seguridad social. Aplica en la etapa práctica.

Seguridad Social

SEGURIDAD SOCIAL EN LOS SUBSISTEMAS DE SALUD, PENSIÓN Y RIESGOS LABORALES.
Lo dividimos en dos escenarios, siendo el primero la etapa lectiva, siendo el valor de las cotizaciones a riesgos laborales y salud debe ser pagado en su integridad por la empresa; el segundo escenario es la etapa práctica, donde el pago de la cotización se divide entre empleador y aprendiz, así:

  • Salud: El aporte es el 12,5%, Empleador es el 8.5% y el trabajador el 4%, TENER presente la exención del artículo 114-1 del Estatuto Tributario.
  • Pensión: El aporte es del 16% del IBC, Empleador es el 12% y el trabajador el 4%.
  • Riesgos Laborales: El porcentaje depende del nivel de riesgo de la actividad, y este varía en una tabla contenida en la legislación que va desde el 0.522% y 6.96%. Todo el porcentaje de cotización está en cabeza del empleador.

Indemnizaciones y Sanciones

Al estar frente a un contrato de trabajo a término fijo, se aplican todas las sanciones e indemnizaciones del Código Sustantivo del Trabajo, debemos señalar la terminación unilateral y sin justa causa, sanción moratoria, sanción por no consignación oportuna de cesantías, y todas las contempladas en la norma.

Debemos tener presente que con esta norma se crea una nómina dentro de las empresas que tienen aprendices con contrato de aprendizaje; por lo tanto, podemos afirmar que los costos laborales se aumentan luego de la reforma laboral.